Permiso excepcional para varados en el país
Acceda en esta nota al link para obtener el permiso que regirá desde el sábado 18 de abril hasta el martes 21 del mismo mes.

·      ¿Dónde obtengo el permiso? Debe hacer click en el siguiente link https://regresoacasa.argentina.gob.ar

·      ¿Cuándo puedo obtener mi permiso? A partir de hoy, sábado 18 de abril.

·      ¿Cuál es la vigencia del permiso? Del sábado 18/4 a las 0.00 hs al martes 21/04 a las 24 hs. Y tiene validez de 48 horas.

·      ¿Quién tiene que gestionar el permiso? Un responsable del grupo que se traslada. 

·      ¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia.

·      ¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio.

·      ¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Si

·      ¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo.

·      ¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? Si

·      ¿Se pueden alquilar vehículos? No

·      ¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? No

·      ¿Por qué se anuncia con poca anticipación? Para desalentar la circulación de casos injustificados.

·      ¿Por qué se toma la decisión hoy? Porque con seguridad los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.

·      ¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades.

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